En referencia a la disposición realizada mediante Memorando Nro. GADMCA-ALC-2026-0440-M, de fecha 05 de mayo de 2026, en vista que es necesario realizar ciertas verificaciones respecto al procedimiento de remate;
En cumplimiento de la medida de reparación dispuesta en el literal c) en el numeral VI (romanos) de la Sentencia escrita notificada por el Doctor Miguel Fernando Narváez Lima, Juez